LA TOPONIMIA EN LA REAL SOCIEDAD GEOGRÁFICA
La Real Sociedad Geográfica actúa como organismo consultivo en temas de Toponimia, en lo relativo al cambio de nombre de entidades de población, papel que a la Real Sociedad Geográfica le atribuye el art. 28 del Real Decreto 1690/1986, de 11 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales y que dice así: «La aprobación por el Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma de los expedientes de cambio de capitalidad habrá de recaer, previo informe de la Real Sociedad Geográfica o de la Real Academia de la Historia, según proceda». Estas atribuciones tienen su antecedente en el Real Decreto de 27 de junio de 1916 por el que, tras los estudios realizados por la RSG, se dispuso la modificación del nombre de 570 municipios españoles de aquel entonces para distinguirlos así de otros homónimos.
Consecuencia de todo ello, el Presidente de la RSG forma parte, como miembro nato, del Comité Consultivo del Pleno del Consejo Superior Geográfico (art. 32.5.1 del RD 1545/2007 de 23 de noviembre, por el que se regula el Sistema Cartográfico Nacional). Asimismo, un representante de la Sociedad es Vocal Permanente de la Comisión Especializada de Nombres Geográficos.
Los informes sobre cambios de nombre elaborados por la RSG, a petición de diversos organismos con competencia en la materia, constituyen un tema de especial interés geográfico en el que miembros de la sociedad vienen trabajan, a pesar de la escasa atención que a la Toponimia se le dedica en las instituciones académicas. Por ello, la redacción de estos informes, en un momento en que la normalización toponímica ha adquirido una especial relevancia, sobre todo en las Comunidades Autónomas con lengua propia, es un aspecto del máximo interés que trasciende a lo estrictamente científico.
Los estudios toponímicos han estado presentes en las páginas del Boletín de nuestra Sociedad en numerosas ocasiones, pero con mayor frecuencia en el pasado y siempre estudiando las diversas perspectivas que esa función toponímica pudiera proporcionar. Por un lado, tenemos un buen número de estudios referentes a aspectos político-administrativos, como noticias sobre cambio de idioma y de nombres en la toponimia de ciertos lugares con particularidades idiomáticas al respecto. Asimismo, son también importantes los estudios con una dimensión más cultural que la toponimia con análisis del nomenclator y especial atención a anomalías en los nombres de ciertos municipios. Por último, cabe destacar la perspectiva más geográfica del tema, aquella en que el topónimo revela especiales caracteres del lugar que denomina.
La Comisión de Nombres Geográficos y Cambios de Denominación, constituye en el seno de la RSG, un gabinete de estudios toponímicos que sirve de base científica a la labor consultiva que la Sociedad viene desempeñando a petición de organismos oficiales. Dicho gabinete tratará de crear un protocolo de actualización e investigación toponímica, reuniendo informes y fuentes para argumentar con la mayor precisión posible los casos conflictivos o polémicos. Todo ello en relación con otras instituciones y sociedades históricas o filológicas también con especial dedicación al tema toponímico.
Miembros de la Comisión: